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Revista Haroldo

Diálogo con el pasado y el presente

10/07/2020

La palabra de los represores ante la verdad y la justicia

Después de la reactivación de los juicios por crímenes de lesa humanidad surgieron algunas voces que cuestionaron la posibilidad de que estos procesos judiciales sirvieran como ámbitos de producción de verdad, aduciendo que los juicios impiden que los represores imputados brinden información sobre las personas desaparecidas. En una investigación dirigida por las autoras, cuyos resultados fueron publicados recientemente en el libro Las voces de la represión. Declaraciones de perpetradores de la dictadura argentina, se discuten esos argumentos a partir del análisis de las declaraciones públicas de represores y se estudia cómo estos dichos se vincularon con la demanda histórica de “saber la verdad” por parte de los familiares y las organizaciones de derechos humanos.

Sentencia La Perla. Luciano Benjamín Menéndez. 2016.
Foto: Paula Lobariñas.

En los últimos años, después de la reactivación de los juicios por crímenes de lesa humanidad, surgieron algunas voces que cuestionaron la posibilidad de que estos procesos judiciales sirvieran como ámbitos de producción de verdad, aduciendo que los juicios impiden que los represores imputados brinden información sobre las personas desaparecidas. Esta crítica provino de intelectuales, obispos, dirigentes y periodistas con muy diversos orígenes (como Monseñor Casaretto, Graciela Fernández Meijide, Norma Morandini o Claudia Hilb, entre otros) que se expresaron ante diversas audiencias, y en medios de comunicación como los editoriales del diario La Nación. Por ejemplo, Monseñor Casaretto, en un panel organizado por la UCA en 2015, sostuvo: “cuando más justicia aplicamos, parece que menos verdad recuperamos, y cuanta más verdad queremos recuperar, más suaves tenemos que ser en la justicia aplicada”. El principal argumento que sostienen es que el dispositivo judicial tuvo por propósito fundamental la cárcel de los responsables, y como efecto el silencio casi unánime de los perpetradores. Esta oposición entre la búsqueda de verdad y la demanda de justicia ha tenido como consecuencia política que las organizaciones que defienden a los represores encontraran argumentos renovados para cuestionar la legitimidad de los juicios.

            Quisiéramos rebatir este argumento doble que asevera, por un lado, que los represores de la dictadura dirían la verdad sobre sus crímenes si no fueran perseguidos penalmente y, por el otro, que la acción penal es la causa que impide que rompan el silencio. Para ello, nos basamos en una investigación que hemos dirigido, que involucró a un equipo de diez investigadorxs, y cuyos resultados publicamos recientemente en el libro Las voces de la represión. Declaraciones de perpetradores de la dictadura argentina (Miño y Dávila, 2019). Allí analizamos las declaraciones públicas de una gran cantidad de represores en función de los contextos de enunciación en los que tuvieron lugar, tanto cuando gozaban de impunidad como cuando debieron rendir cuentas ante la justicia. También estudiamos cómo estos dichos se vincularon con la demanda histórica de “saber la verdad” por parte de los familiares y las organizaciones de derechos humanos.

“La palabra de los represores ante la verdad y la justicia” - Revista Haroldo | 1
Sentencia ESMA. 2017
Foto: Mariano Portas

La verdad en juego

¿Cuáles son las nociones de “verdad” que están en juego en esta controversia?, ¿qué dimensiones contiene esta noción social? En Argentina, la demanda de verdad hacia los responsables se planteó tempranamente como un reclamo por información imprescindible que solo ellos poseen y que no ha podido conocerse por otros medios, como ha sido el caso de las personas desaparecidas que todavía no han sido halladas o lxs niñxs apropiadxs que no han recuperado su identidad. Sin embargo, la trayectoria histórica de los organismos de derechos humanos muestra que la demanda de verdad no es solamente un reclamo hacia los responsables. Se trata, más bien, de una categoría política, nacida al calor del proceso social, que –al mismo tiempo que denuncia públicamente el silencio corporativo de los militares– es una práctica activa de construcción llevada adelante por organizaciones e instituciones. A lo largo del tiempo, los organismos de derechos humanos pudieron reconstruir la modalidad represiva mediante una inmensa tarea que implicó, entre muchas otras acciones, la recopilación de testimonios de sobrevivientes y familiares de desaparecidos, la desclasificación y creación de archivos, la identificación de cuerpos NN, la búsqueda y recuperación de niñxs apropiadxs, la revelación pública de la identidad de los represores. Este conjunto de informaciones recopiladas y documentadas fue, en distintas etapas, puesto a disposición de la CONADEP, de la Justicia y de toda la sociedad. En tal sentido, una primera dimensión de la verdad que está en juego en esta disputa no se restringe solamente a la demanda de información, sino que se concibe como un saber que es fruto de un proceso y una práctica social de construcción.

Por otra parte, dado el silencio mantenido por los represores, la demanda de información hacia ellos hizo que, cada vez que hablaban públicamente, sus declaraciones se rodearan de expectativas acerca de que, además de dar informaciones sobre los hechos, manifestaran algún tipo de reconocimiento (una “confesión”, un “arrepentimiento”) sobre el carácter horroroso de sus crímenes. Esta es una segunda dimensión de la verdad en juego, que articula un nivel fáctico con un nivel ético. En este sentido, la verdad que fue construyendo la sociedad argentina ha requerido –tal como sostienen Oberti y Pittaluga en un artículo publicado en la Revista Aletheia– una verdad fáctica para conocer pormenorizadamente los crímenes, los criminales y el destino final de cada víctima, pero también una verdad social para entender cómo se configuran sentidos en torno a las desapariciones y a su –ya larga– historia posterior, para ponderar los desafíos éticos y políticos que plantea la responsabilidad de quienes cometieron los crímenes, y para constituir una condena simbólica y duradera hacia ellos.

Ahora bien, volviendo a las intervenciones que critican el actual proceso de verdad y justicia, éstas parecen no tomar en cuenta las múltiples dimensiones que le dan historicidad a la noción de verdad y, de este modo, la reducen a una sola dimensión: la verdad fáctica, la demanda de informaciones, que como hemos dicho, solo los represores conocen y que está presente en el reclamo social desde los tiempos de la dictadura. Esta reducción se apoya en un supuesto por el cual los perpetradores mantendrían una relación con la verdad como condición inmanente y natural derivada de su posición de victimarios. Como si se tratara solamente de un acto de revelación de información y no necesitara también de mediaciones institucionales, espacios discursivos y contextos de escucha para confluir en la construcción de una verdad social y esclarecedora sobre lo sucedido durante la dictadura.

Tal es el desconocimiento de los contextos y escenarios, que estas argumentaciones no atienden al dato histórico de que, en tiempos de impunidad, luego de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y de los indultos (entre 1987 y 2005), cobijados bajo esa situación de amparo ante la persecución penal, fueron los mismos represores –cuya palabra resulta ahora anacrónicamente valorada como prioritaria en la construcción de la verdad– quienes en diversos ámbitos públicos (especialmente en medios de comunicación) relativizaron, negaron y falsificaron la verdad ya construida en diversa instancias judiciales e institucionales, como el Juicio a las Juntas y la CONDEP.

En efecto, en esos años, muchos represores falsificaron y negaron esa verdad social con la anuencia y aceptación de buena parte de la dirigencia política y del periodismo. En la segunda mitad de los años ’90 se produjeron, entre otras, las declaraciones negacionistas del ex comisario Miguel Etchecolatz, las provocaciones del dictador Emilio Eduardo Massera, las declaraciones jactanciosas del torturador Julio Simón y del sargento Vergez. En la mayoría de los casos, se realizaron en programas de televisión, frente a periodistas que no lograron (y a veces no intentaron) obtener de los represores ni información valiosa para reconstruir los crímenes, ni un acto de conciencia que reconociera las aberraciones cometidas. Ese contexto de impunidad muestra que la tarea de sostener y legitimar una verdad social frente a la denegación y la falsedad del discurso de los represores ha sido (y es todavía) un esfuerzo permanente.

“La palabra de los represores ante la verdad y la justicia” - Revista Haroldo | 2
Sentencia Operativo Independencia. 2017.
Foto: Fernando Lospice

Las declaraciones de represores en Argentina

Si bien la mayoría de los represores ha guardado silencio o realizado declaraciones en las que tergiversaron, negaron u ocultaron los hechos, algunos aportaron información importante para la reconstrucción de lo sucedido. Entre otras, son conocidas las declaraciones de Rodolfo Peregrino Fernández y Raúl Vilariño, poco después de terminada la dictadura; las de Omar Torres y Antonio Cruz, dos gendarmes que actuaron en el Operativo Independencia en Tucumán y testimoniaron ante la CONADEP en 1984; y las de Adolfo Scilingo quien, en 1995, describió los “vuelos de la muerte”. Otro caso, tal vez menos conocido, es el de Eduardo Costanzo, un integrante del grupo de tareas que se desempeñó en el Batallón de Inteligencia 121 de la ciudad de Rosario y que –tanto en un contexto de impunidad, primero, como luego en el marco de un juicio– dio informaciones sobre los crímenes ocurridos en varios centros clandestinos de la Provincia de Santa Fe.

Este caso muestra de qué manera estos contextos modifican y condicionan los efectos de la palabra pública de los represores, en términos de construcción de verdad. Entre 1992 y 1997, en un contexto en el que estaba cerrada la de vía judicial, Costanzo –entrevistado por medios de comunicación locales– dio informaciones sobre los crímenes cometidos en los centros clandestinos de detención de Rosario y nombró a los militares a cargo de las operaciones represivas. En esa etapa de impunidad, las crudas informaciones sobre torturas y asesinatos que daba Costanzo circularon en los medios de prensa, sin que el Estado proveyera mecanismos legales para que eso que se escuchaba por primera vez contribuyera –repetimos, junto con otros datos ya reconstruidos y probados– al esclarecimiento de la verdad. Fueron los familiares y sobrevivientes quienes, en ese contexto, debieron corroborar la información brindada por Costanzo. Los medios de comunicación que reproducían esa información de manera exhibicionista y replicando el lenguaje hiriente del represor, no proveían herramientas para alcanzar, sin otras mediaciones, esa verdad social que permite tanto conocer la violencia producida como comprender los alcances éticos y políticos del terrorismo de Estado.

Ahora bien, ¿qué sucedió cuando se abrieron los juicios por crímenes de lesa humanidad y Costanzo realizó similares declaraciones en sede judicial? En los juicios orales de las causas Guerrieri I y II, y Hospital Militar de Paraná, entre 2009 y 2013, Costanzo identificó a los miembros de los grupos de tareas que operaron en los centros clandestinos bajo comando del Batallón de Inteligencia 121, describió las circunstancias en las que fueron asesinados diversos grupos de detenidos-desaparecidos y señaló el lugar en el que varios cuerpos fueron inhumados clandestinamente. Esto permitió que, en el predio del Ejército Argentino ubicado en la localidad de San Pedro, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) encontrara ocho cuerpos en 2010, entre los cuales fueron identificados los restos de seis desaparecidos. Las declaraciones de Costanzo también aportaron información para que Sabina Gullino Valenzuela Negro, hija de desaparecidos nacida en cautiverio, fuera encontrada y restituida a su familia biológica. Este caso (y algunos similares, como los de Omar Torres, Miguel Ángel Pérez, entre otros) permite entender la utilidad de las mediaciones sociales e institucionales, como las que produjeron los juicios por crímenes de lesa humanidad, que colaboran para que determinada información sea reconocida, viabilizada y construida como verdad. La información brindada por los represores, en las pocas ocasiones en que fue novedosa, posee el valor de un dato, pero adquiere el status de verdad cuando se encauza en mecanismos institucionales que permiten sopesarla, investigarla, chequearla y dirigirla hacia la construcción de la verdad social.

“La palabra de los represores ante la verdad y la justicia” - Revista Haroldo | 3
Sentencia ABO (Atlético Banco Olimpo). 2017
Foto: Paula Lobariñas

El rol de la justicia

El análisis de los casos de declaraciones de represores que hemos trabajado en el libro nos muestra que la verdad no es solo una demanda dirigida a los responsables para que brinden información fáctica, sino que es también una práctica permanente de construcción que requiere un conjunto de acciones del Estado, de las organizaciones y del resto de la sociedad, para constituirse como una plataforma ética contra el negacionismo y el silencio. Por lo tanto, para terminar, quisiéramos enunciar muy brevemente tres elementos que nos parece que pueden ayudar a desarmar la oposición entre la serie “perpetradores-palabra-verdad” y la serie “perpetradores-silencio-justicia” que da sustento al argumento que criticamos y que separa a la verdad de la justicia.

En primer lugar, nuestro estudio sobre la palabra pública de los represores nos permite sostener que la justicia no fue la causante del silencio, sino que, por el contrario, frente a falta de información de las Fuerzas Armadas y al secreto sostenido por los represores, fue una de las vías fundamentales para conocer lo sucedido. En efecto, los tribunales proveyeron a los familiares y a las víctimas mecanismos y resguardos institucionales que sirvieron como plataforma para la construcción de esa verdad negada y silenciada. Por esa razón, la justicia no puede ser reducida solamente a una demanda de castigo y de cárcel para los responsables, sino que es también un espacio de construcción de la verdad, tanto fáctico como ético y reparatorio.

En segundo lugar, es necesario evaluar qué sucedió en los largos años en que se clausuró la vía judicial. Como hemos dicho, en ese marco de impunidad la mayoría de los represores que hicieron declaraciones públicas sobre el terrorismo de estado, lo hicieron para negar, tergiversar u ocultar los hechos en los que participaron y/o fueron testigos. Si bien, en ese contexto, unos pocos dieron informaciones ciertas y novedosas sobre los hechos, no pudieron ser encauzadas en una instancia institucional que las transformara en verdad social, tal como la definimos acá. A la luz de las declaraciones que estudiamos vimos que, en los momentos en que se clausuró la vía judicial y el Estado abdicó de su rol de mediador, se separó de hecho la verdad de la justicia, y se abrió el libre juego de las declaraciones reinvidicativas o negadoras de los represores, mostrando que uno de los efectos de la impunidad ha sido la puesta en peligro, en la voz de los perpetradores, de la verdad social e institucionalmente construida. Además, en espacios institucionales en los que el castigo penal no estaba habilitado, como fueron los Juicios por la Verdad en Argentina, la mayor parte de los represores convocados en calidad de testigo omitió informaciones sustanciales y necesarias para la reconstrucción de los crímenes.

Por último, el caso argentino también permite entender el carácter relacional de la verdad, que siempre es el fruto de una construcción social. Ni la verdad fáctica ni la verdad social sobre los crímenes masivos cometidos por la dictadura se construyen con informaciones sueltas. Cualquier información, provenga de quien provenga, debe corroborarse, cruzarse y acoplarse a la ya reconstruida por otros actores y sectores. En este sentido, las declaraciones de los represores, en los escasísimos casos en que han brindado información, muestran que no se trata de dar como existente y/o necesaria una verdad que “esconden” los represores, como sostiene, por ejemplo, el mencionado grupo de intelectuales. Se trata, en cambio, de articular la información que puedan llegar a brindar con un proceso más perdurable y profundo de construcción de una verdad en su dimensión fáctica, ética y política. Dicha construcción solo puede efectuarse si se entiende que la demanda de justicia es convergente con la búsqueda de verdad.

* Pertenencia institucional de las autoras: Núcleo de Estudios sobre Memoria, CIS-CONICET/IDES.

** Este viernes 10/07/20 a las 18 hs. se presenta el libro Las voces de la represión. Declaraciones de perpetradores de la dictadura argentina de Claudia Feld y Valentina Salvi. Organizan el Núcleo de Estudios sobre Memoria junto al Centro de Estudios Sociales y Políticos - UNMDP y al Departamento de Sociologia de la Facultad De Humanidades UNMDP. Participarán: Claudia Feld, Valentina Salvi, Paula Canelo, Enrique Andriotti Romanin y Luciana Messina. Comentarán: Micaela Iturralde y Juliana Santos Ibañez

- La transmisión en vivo será por el canal de YouTube de Sociología Humanidades UNMdP

“La palabra de los represores ante la verdad y la justicia” - Revista Haroldo | 4

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